Fisioterapia compasiva

Luis Bernal 1 de octubre de 2013


Compasivo, va. (Del lat. compassus, que padece con otros). 1. adj. Que tiene compasión.

Compasión. (Del lat. compassĭo, -ōnis). 1. f. Sentimiento de conmiseración y lástima que se tiene hacia quienes sufren penalidades o desgracias.

Diccionario de la Lengua Española


De manera intuitiva podemos definir la "fisioterapia compasiva" como aquel conjunto de técnicas que empleamos en un paciente no candidato a recibirlas dado que no cumple los requisitos para obtener el beneficio que de su realización se derivan, pero que llevamos a cabo (asumiendo la definición de la RAE) por lástima y por las penalidades o desgracias que ese paciente ya ha sufrido y, con vistas a reducir, al menos psicológicamente, parte de ellas.

Esta podría ser una definición válida, natural, sacada de nuestra propia experiencia como fisioterapeutas, pero cometeríamos un grave error. Si queremos aplicar el término "fisioterapia compasiva" tal como se aplica a otras especialidades como la medicina o, mucho más comúnmente la farmacia (el medicamento compasivo), la acepción se deriva del inglés "compassionate exemption" y se aleja bastante del sentido bondadoso o altruista equivalente a la compasión. Indica su utilización terapéutica como excepción a la norma de uso general, en sentido amplio se puede entender como la utilización de un médicamento para fines no autorizados todavía, bien por encontrarse en fase de ensayo clínico no completado o no autorizada su distribución por la agencia competente de cada país (concepto estricto del uso compasivo) o bien porque se prescribe un fármaco/tratamiento comercializado y "legal" pero que va a ser utilizado en condiciones distintas a las autorizadas (esto último supera la definición estricta de uso compasivo).

Ciñéndonos a la legislación vigente en España sobre el uso del medicamento compasivo, el Ministerio de Sanidad publicó un Real Decreto el 19 de junio de 2009 regulando la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales. Básicamente permite el uso compasivo de medicamentos de investigación, es decir, la utilización de medicamentos que están en fase de ensayo clínico, tras informar previamente al paciente y siempre que no ponga en peligro su vida y no pueda ser tratado satisfactoriamente por otro medicamento autorizado. Un ejemplo de ello puede ser el caso de esta noticia.

Por tanto, el uso del término "fisioterapia compasiva" no indicaría la prescripción de técnicas fisioterápicas sobre pacientes que no van a obtener beneficio alguno de ellas, no al menos el beneficio físico que se espera de su aplicación. El posible beneficio psicológico o de satisfacción del paciente no queda recogido en ley ni decreto alguno y en toda aplicación fisioterápica debemos (lógicamente) remitirnos a la ley 41/2002 de 14 de noviembre Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de información y documentación clínica, que establece el derecho del paciente o usuario a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles.

Un ejemplo práctico en el que intentemos aplicar el término "compasivo" en su acepción bondadosa, sería el paciente en fase terminal al que se le prescribe y aplican técnicas de fisioterapia que no son una opción clínica para ese paciente por su diagnóstico, estado actual o evolución; pero esperamos que con ellas el paciente salga de casa para trasladarse al centro u hospital, se relacione con otras personas, "piense" menos en su estado actual y, en definitiva, mejore su estado psicológico y anímico.

¿Nos puede parecer cruel privar a un paciente en sus posibles últimos días de estos beneficios? Debemos ser consecuentes:

  • Si esto lo aplicamos en la Sanidad Pública, donde habitualmente existen listas de espera, hay que saber que estamos privando a otro paciente de un tratamiento que, en este caso, SÍ mejorará su evolución. Estamos gastando dinero y recursos de todos, dinero y recursos limitados que deben aplicarse de la forma más eficiente posible.

  • Si esto lo aplicamos a tratamientos privados, el posible conflicto ético es todavía mayor, dado que el paciente estaría pagando de su bolsillo un tratamiento que no es efectivo y podemos como mínimo dudar de la profesionalidad y motivaciones del fisioterapeuta para llevarlo a cabo.

  • En ambos casos, y aunque el profesional haya informado al paciente de la escasa o nula eficacia del tratamiento, el resultado final en ese paciente sería similar a aplicar técnicas pseudocientíficas de las que siempre debemos huir ¿Qué diferencia hay entre aplicar una técnica fisioterápica a un paciente no indicado y usar por ejemplo flores de Bach u homeopatía?


No confundir en ningún caso los "tratamientos compasivos" con los tratamientos o cuidados paliativos, que sí tienen indicación terapéutica. Los cuidados paliativos son las atenciones, cuidados y tratamientos médicos y farmacológicos que se dan a los enfermos en fase avanzada y enfermedad terminal con el objetivo de mejorar su calidad de vida y conseguir que el enfermo esté sin dolor.

Referencias